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MODELO GENERAL DE LA QUERELLA



MODELO GENERAL DE LA QUERELLA - GENERAL MODEL OF THE COMPLAINT.



AL JUZGADO



[Plaintiff's Attorney / Nombre del Procurador], Procurador de los Tribunales como se acredita con la escritura de poder especial para este asunto, debidamente bastanteado y que acompa�a a este escrito (Doc.1), ante el Juzgado comparece y como mejor proceda en Derecho, DICE:

Que ejercitando la acci�n penal p�blica y la civil de ella derivada, y siguiendo instrucciones de mi poderdante, formula la QUERELLA CRIMINAL haciendo constar previamente:

PRIMERO.- Competencia Se presenta ante el Juzgado de Instrucci�n de [Court's City / Ciudad del Juzgado], que por turno de reparto corresponda, por ser el competente con arreglo a lo que se dispone en la Ley, al haber ocurrido los hechos dentro de este partido.

SEGUNDO.- Querellante(s) [Litigant's Name / Nombre del Querellante], mayor de edad, de profesi�n [Litigant's Profession / Profesi�n del Querellante], vecino de [Litigant's Neighbor / Vecino del Querellante], con domicilio en [Defendant's Address / Domicilio del querellante].

TERCERO.- Querellado [Defendant's Name / Nombre del Querellado], mayor de edad, casado, de profesi�n [Defendant's Name / Profesi�n del Querellado], vecino de [Defendant's Neighbor / Vecino del Querellado], con domicilio en [Defendant's Address / Domicilio del querellado].

Sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales contra otras personas que a lo largo del proceso aparezcan relacionadas con los hechos.

HECHOS

I
[First Facts Description / Descripci�n de los Primeros Hechos].

II
[Second Facts Description / Descripci�n de los Segundos Hechos].

III
[Third Facts Description / Descripci�n de los Terceros Hechos].


FUNDAMENTOS DE DERECHO


Los hechos expuestos revisten los t�picos caracteres de un delito de [Crime Type / Tipo de Delito] que define la Ley, del que presuntamente es culpable el querellado, sin perjuicio de una calificaci�n m�s acertada y ajustada a derecho de lo que pueda resultar de la investigaci�n procesal.

Todos los elementos del tipo penal [Elements of Penal Type / Elementos de tipo penal] aparecen en los hechos relatados, y �stos son [Elements Description / Descripci�n de Elementos].

DILIGENCIAS DE PRUEBA

Para la comprobaci�n de los hechos se�alamos las siguientes diligencias de prueba:


a- Interrogatorio del querellado sobre los hechos de la querella y que manifieste en particular [Litigation Description / Descripci�n de Querella], que a tales fines deber� ser citado de oficio con los apercibimientos legales.

b- Testifical de: [Witness' Name / Nombre del Testigo], cuyo domicilio habr� de averiguarse por medio de la polic�a judicial, y [First Witness' Name / Nombre del primer testigo], con domicilio en [First Witness' Address / Domicilio del primer testigo], y [Second Witness' Name / Nombre del segundo testigo], con domicilio en [Second Witness' Address / Domicilio del segundo testigo], quienes ser�n citados por medio de la oficina judicial.

c- Documental adjunta, para que se una a los autos.

d- Las que se deriven

En su virtud,

SUPLICO AL JUZGADO que teniendo por presentado este escrito, con sus copias y documentos, se digne admitir a tr�mite, por las reglas del procedimiento [Rules Description / Descripci�n de reglas], la QUERELLA CRIMINAL que se formaliza, declarando pertinentes las diligencias de prueba que se proponen y ordenando su pr�ctica con intervenci�n de nuestra parte, para el debido esclarecimiento de los hechos y la adopci�n de las medidas que resulten pertinentes sobre la situaci�n personal y sobre los bienes del querellado [Defendant's Name / Nombre del Querellado] disponiendo se proceda al procesamiento (en el procedimiento ordinario), detenci�n y prisi�n provisional del querellado, o se le exija fianza por la libertad en la cantidad de $ [Bail Amount / Cantidad de la fianza], y otra fianza para cubrir las responsabilidades civiles y, en su defecto, se decrete el embargo de sus bienes suficientes para atender dichas responsabilidades, que esta parte valora en $ [Value Amount / Cantidad de Pago de Valor]


OTROSI DIGO: Que por ser el poder que se acompa�a, adem�s de especial para este asunto, general para pleitos y necesitarlo para otros usos, procede y

SUPLICO AL JUZGADO acuerde el desglose devoluci�n a esta parte del poder presentado, una vez que se haya dejado constancia del mismo en los autos.


Es Justicia que pido en [Document's City / Ciudad del Documento] el [Document's Date / Fecha del Documento].

Fdo.
Colegiado no. [Graduation Number / N�mero de colegiado]


Fdo.
Querellante


Fdo.
Procurador [Plaintiff's Attorney / Nombre del Procurador]